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miércoles, 1 de mayo de 2013

Quintas pinceladas: La discriminación de las mujeres en el mundo del trabajo. Una mirada al Estado español.


Por Angie Larenas 

Con más de 6 millones de personas sin empleo el 1 de mayo no se puede considerar una conmemoración cualquiera. Por eso no hemos querido dejar pasar esta fecha sin realizar dos entradas especiales. 

El impacto sobre los derechos de las y los trabajadores resulta palpable en cada decisión del gobierno central y en la manera en que la mayoría de los gobiernos autonómicos secundan esas decisiones. El Estado de Bienestar se contrae, se achica, se ablanda… y con este solapamiento se amplían las consecuencias negativas sobre la vida de la ciudadanía. 

En materia de igualdad entre mujeres y hombres, estas decisiones constituyen un retroceso y un desconocimiento sobre el acceso desigual de las mujeres al mundo del empleo y su alcance sobre el funcionamiento de la sociedad. 

Los recortes en los servicios, implican que, por ejemplo, en el plano de los cuidados sean las mujeres quienes tengan una carga mayor sobre el cuidado de niñas y niños, adultos mayores y personas en situación de dependencia. Lo que conlleva que las mujeres insertas en el mercado laboral tengan que soportar la doble carga del trabajo productivo y reproductivo, y de que para aquellas mujeres no insertas en el mercado laboral se dificulte su entrada por la falta de garantías del Estado en materia de conciliaciones. 

Por otra parte, el mercado de trabajo penaliza a las mujeres solo por el hecho de serlo. A continuación podemos ver algunos datos interesantes relacionados con la brecha salarial entre hombres y mujeres: 

- Según la Encuesta Anual de Estructura Salarial 2010, la ganancia media de los hombres (25.479,74 euros) era mayor que la de las mujeres (19.735.22). Esto equivale a que, en términos generales, el salario promedio anual femenino constituía solo el 77,5% del masculino. 

- En el mismo año el número de mujeres que ganaron menos de 14.500 euros fue mayor que el número de hombres. En cada nivel salarial el número de mujeres siempre fue inferior al de hombres con ese mismo salario. 

- Los tipos de empleo que presentaron un mayor porcentaje de desigualdad salarial fueron los puestos de responsabilidad. En términos generales las mujeres cobran un 25,9% de media menos que en los puestos de baja responsabilidad (12,9%). 

- Respecto al nivel de estudios, se pone de manifiesto que la diferencia aumenta conforme la preparación del empleado es mayor. Así, mientras el porcentaje de la diferencia en personas sin estudios o con educación secundaria es del 17,7% y del 25,3%, respectivamente, esta cifra es mayor en el caso de personas con una titulación de formación profesional de grado superior (26,7%) o con licenciatura universitaria o doctorado (30,3%). 

Apunto estos datos sobre la diferencia salarial porque constituye una forma de discriminación y desigualdad laboral con amplias repercusiones. Por poner un ejemplo: un salario menor implica una pensión más baja, lo que a la larga significa que las mujeres mayores de 65 años tienen mayor riesgo de caer en la pobreza que los hombres de la misma edad. 

Sin embargo, la brecha salarial es solo un ejemplo más de la discriminación de las mujeres en el mundo laboral. La dificultad para acceder a puestos con mejores remuneraciones, las características de los empleos feminizados, la discriminación de la maternidad, la calidad y el uso del tiempo libre, son también otros ejemplos de la discriminación de las mujeres en el ámbito laboral que no debemos dejar pasar por alto en un día como hoy. 


Para mayor información ver: 






lunes, 11 de marzo de 2013

Terceras Pinceladas: El trabajo reproductivo. Una asignatura pendiente para el Estado español.



Por Angie  Larenas 



Uno de los ámbitos de lucha más importantes de las mujeres es aquel relacionado con el reconocimiento de la centralidad del trabajo reproductivo. Se destaca que este tipo de trabajo es tan importante como el trabajo productivo -de bienes y servicios- para la reproducción de las sociedades, y como tal debe ser debidamente visibilizado y valorado. 


El trabajo reproductivo es aquel trabajo tradicionalmente no remunerado y que comprende las actividades de cuidado de personas mayores, personas dependientes, y de niños y niñas, así como las tareas habitualmente entendidas como trabajo doméstico. Un tipo de trabajo históricamente realizado por mujeres de manera gratuita. 

¿Pero qué pasa cuando este trabajo gratuito se convierte en trabajo remunerado? Los hechos demuestran que continúa siendo un trabajo feminizado e infravalorado. De ahí la importancia que tiene el poner en su justo lugar el trabajo reproductivo, y sobre todo, a aquellas trabajadoras de hogar que cubren las labores de cuidado que el Estado de Bienestar, en retirada, no es capaz o no ha querido ser capaz de asumir. 

Si evaluamos el tema del trabajo reproductivo bajo el prisma de la igualdad, la realidad indica que este tipo de trabajo, ya sea de manera gratuita o remunerada, continúa siendo un trabajo feminizado. La creciente incorporación de las mujeres al mercado de trabajo y la incidencia del discurso de la igualdad no han sido suficientes para que en el Estado español las labores domésticas y de cuidado se repartan de manera equitativa entre mujeres y hombres. 

En este contexto, fuera del marco de las discusiones feministas y de los estudios de género, no se ha desarrollado un debate profundo sobre la importancia del trabajo reproductivo. Hace solo un año se aprobó una nueva normativa relacionada con el trabajo de hogar, la que ha dado nuevas coberturas en seguridad social, y que regula las condiciones laborales de las trabajadoras. Pero con importantes carencias. 

Por un lado, ¿cómo revalorizar el trabajo de hogar si sigue siendo considerado un trabajo de segunda? Por ejemplo, la ley no contempla para las trabajadoras de hogar el derecho a prestaciones por desempleo; una determinación que precariza el trabajo de hogar desde la propia legislación. 

Por otra parte, la nueva normativa no ha sido tomada con la merecida seriedad por las propias autoridades. Antes de que transcurriera un año de su puesta en marcha ya se realizaba su primera revisión –apresurada, según la visión de las expertas-. Uno de sus puntos, la reducción de los tramos de cotización, está claramente enfocado a cubrir los objetivos recaudatorios del Estado, más que a beneficiar a las trabajadoras de hogar. El resultado esperado de esta modificación es que las trabajadoras contratadas tendrán que pagar alrededor de tres cuartas partes más de lo que pagaban a la seguridad social, con lo que un aumento de cuotas significa para un salario ya precario e insuficiente. 

En resumen, considero que el reconocimiento de los derechos del sector del trabajo de hogar pasa por una revalorización de lo que el trabajo de hogar significa para la reproducción de la sociedad. La propia posibilidad de existencia del trabajo productivo depende de las capacidades de las familias para gestionar el trabajo de hogar. Por esta razón, porque no se trata de elementos disociados, el Estado tendría que tener una mayor responsabilidad, sobre todo con lo que a tareas de cuidado se refiere. ¿Hasta cuándo el peso del trabajo reproductivo seguirá cayendo sobre los hombros de trabajadoras precarias, infravaloradas e invisibilizadas, sobre los hombros de las mujeres? Esta, creo que es una pregunta de justicia social. 



Para mayor información ver: 





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